Las terrazas podrán abrir a las 8 de la mañana

La Comunidad de Madrid va a publicar una Orden, a través de la Consejería de Presidencia, por la que se modificará el régimen de los horarios de los establecimientos abiertos al público, y de esta manera los bares, cafeterías o restaurantes podrán abrir sus terrazas con el mismo horario con el que se rigen sus locales, al considerarse como zonas anexas o de acceso.

Hasta ahora las terrazas sólo podían abrirse a partir de las 10 de la mañana por lo que se podría adelantar su apertura dos horas.

Los Ayuntamientos tendrán la potestad de limitar los horarios

A la hora de conceder las licencias correspondientes, y dentro del marco de sus competencias, los ayuntamientos podrán limitar los horarios de los locales y sus terrazas dependiendo de las condiciones urbanísticas, medioambientales y sociológicas que pueda haber en cada caso en concreto.

Deja una respuesta