Aumento en la bonificación del IBI a familias numerosas
Boadilla aprobará un aumento del 5 % en la bonificación del IBI a las familias numerosas
El equipo de gobierno municipal ha presentado para su aprobación en la comisión de Hacienda, y posteriormente en el pleno, una propuesta de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para aumentar en un 5% las bonificaciones existentes para familias numerosas, a excepción de las de categoría especial propietarias de inmuebles con un valor catastral de hasta 150.000 euros cuya bonificación está ya en el máximo que permite la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el 90%. Las bonificaciones, que podrán entrar en vigor en 2020, quedarían, en el caso de familias numerosas de categoría general, del siguiente modo: para un valor catastral de la vivienda de hasta 150.000 euros, 70%; superior a 150.000 hasta 300.000, 60%; superior a 300.000 hasta 450.000, 50% y superior a 450.000 euros, bonificación del 40%. Para las familias numerosas de categoría especial las bonificaciones serán: hasta 150.000 euros de valor catastral, 90%; superior a 150.000 hasta 300.000, 85%; superior a 300.000 hasta 450.000, 75%; superior a 450.000 euros, 50% de bonificación. Aunque el incremento de la bonificación es del 5% en todos los casos, el ahorro real en el recibo, dependiendo del tramo de valor catastral en el que se encuentre el inmueble, oscilará entre el 7% y el 25%. El Ayuntamiento ha decidido incrementar la bonificación al no ser posible rebajar más el IBI ya que el tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana y uso residencial está ya fijado en el mínimo legal que contempla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 0,40%. No obstante, el gobierno municipal solicitará de nuevo al Ministerio de Hacienda que realice las modificaciones legales oportunas para que los ayuntamientos que lo deseen y cumplan determinados requisitos (no tener deuda ni déficit, haber generado superávit durante varios años consecutivos y pagar sus proveedores en el plazo legal estipulado) puedan bajar el tipo de gravamen del IBI por debajo del mínimo actual. |