El Ayuntamiento acerca del Impuesto de Plusvalía Municipal

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte solicitará al Ministerio de Hacienda que estudie a la mayor brevedad posible si la reciente sentencia que el Tribunal Constitucional ha emitido respecto a determinados artículos de la Norma Foral que regula el impuesto sobre plusvalías en Guipuzcoa sería también de aplicación a los ayuntamientos que se rigen por la legislación común. Este impuesto grava los incrementos de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

La sentencia en concreto declara inconstitucionales los artículos que someten a tributación situaciones en las que no hay incrementos de valor y afirma que debe ser el poder legislativo “en su libertad de configuración normativa el que, a partir de dicha sentencia, realice los cambios necesarios en la normativa legal que regula el impuesto para establecer el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana”.

La resolución del Constitucional no afecta, como se explicita de forma clara en la misma, a los artículos que en la de Ley de Haciendas Locales regulan el impuesto de la plusvalía a nivel nacional y, por tanto, no tiene impacto directo e inmediato sobre la aplicación del mismo en los ayuntamiento que se rigen por la legislación de régimen común. No obstante, como los artículos de la Norma Foral se inspiran en los de las Ley de Haciendas Locales, ha generado cierta confusión entre los ciudadanos y los propios ayuntamientos que deben liquidar el impuesto.

Por esa razón, Boadilla pedirá al Ministerio que, si confirma que la sentencia afecta a todas las administraciones locales, realice a la mayor brevedad posible las modificaciones legales pertinentes que permitan establecer el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana a fin de que los vecinos no se vean perjudicados en la aplicación del impuesto.

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