Becas de escolarización 2023
Las becas de escolarización y conciliación se pueden solicitar desde hoy hasta el 23 de octubre
El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha abierto hoy el plazo de solicitud de las becas para escolarización y conciliación que concede cada año. El plazo finaliza el día 23 de octubre, inclusive. Las pueden solicitar las familias empadronadas y residentes en Boadilla que tengan hijos cursando, en centros públicos, concertados y privados de la Comunidad de Madrid, alguna de las siguientes etapas: segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, y Bachillerato y módulos de Formación Profesional Grado Medio (con edad inferior a 25 años en el momento de la matrícula). Se deberá acreditar la matriculación.
Para solicitar las becas deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en Boadilla, antes del 1 de septiembre de 2022, y al menos hasta la conclusión del plazo de solicitud.
- Si los progenitores de la unidad familiar no son propietarios o arrendatarios de la vivienda en la que está empadronada, aportar certificado del Registro de la Propiedad de no poseer otra vivienda en la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, en la fecha final del plazo de solicitud de la ayuda, todos los miembros de la unidad familiar, mayores de 18 años y por los que se solicita la beca.
- No estar incursos el solicitante y el resto de la unidad familiar en ninguna circunstancia prevista en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones que impida obtener la condición de beneficiario.No tener abierto ningún menor de la unidad familiar un expediente de absentismo por parte del Servicio de Apoyo a la Escolarización de Boadilla.
Se deberá aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del solicitante (pasaporte o DNI del país de origen en el caso de extranjeros).
- Fotocopia del libro de familia completo.
- Certificado de escolaridad o carné de estudiante con los datos del alumno, NIA y curso matriculado, y año académico.
- Recibo bancario donde figure el titular de la cuenta y los 22 dígitos de esta, o certificado de titularidad de la cuenta bancaria. El titular debe coincidir con al menos uno de los progenitores.En su caso, fotocopia oficial de sentencia de separación, divorcio, medidas paternofiliales, acuerdo de mediación que acredite cambio en la unidad familiar.
- Para menores con altas capacidades, NEE o DEA se deberá aportar informe de valoración por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Comunidad de Madrid o informe del equipo de orientación del centro educativo.
- Para menores con diversidad funcional, certificado de discapacidad en vigor.
- Si la unidad familiar no es propietaria o arrendataria de la vivienda en la que está empadronada, presentar certificado del Registro de la Propiedad de todos los mayores de edad indicando que no poseen otra vivienda en la Comunidad de Madrid.
- Modelo oficial de documento de cesión de datos firmado por todos los mayores de edad de la unidad familiar, que podrá descargarse en la web municipal.
Las cantidades para percibir dependerán del número de solicitudes presentadas, con los siguientes máximos:
- Hasta 60 euros para Educación Infantil.
- Hasta 150 euros para Educación Primaria.
- Hasta 200 euros para Educación Secundaria y FP Grado Medio de Formación Profesional y Bachillerato.
- Hasta 500 euros para los alumnos de altas capacidades y DEA.
- Hasta 1500 euros para alumnos con NEE y/o discapacidad inferior al 65 %.
- Hasta 3000 euros para alumnos con discapacidad igual o superior al 65 %.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse de forma telemática, a través de la sede electrónica, o semipresencial, teniendo que acudir a las dependencias municipales a firmar la solicitud a través de pantalla digital. Previamente deberá cumplimentar el modelo normalizado en la sede electrónica y pulsar un botón de presentación preliminar que registrará temporalmente dicha solicitud, a la espera de que se haga efectiva una vez se realice la firma. El horario del Registro para realizar este trámite es de 9 a 19 horas, de forma ininterrumpida.
Si la unidad familiar no dispone de ordenador ni escáner, tiene a su disposición los medios necesarios en el aula 5 del Centro de Formación, en horario de 9 a 14 horas.
Estas ayudas no son compatibles con otras que pudieran percibirse con la misma finalidad, ya sean de otras entidades públicas o de entidades privadas.
Toda la información está disponible en este enlace.